domingo, 26 de julio de 2020

La “declaración jurada”, ¿un acto de responsabilidad personal o un sistema para descongestionar la Atención Primaria?



La “declaración jurada”, ¿un acto de responsabilidad personal o un sistema para descongestionar la Atención Primaria?

Hace dos meses hablamos de las repercusiones sobre el médico del primer nivel del uso obligatorio de las mascarillas por parte de la población y la excepciones a la norma según el real decreto (SND/422/2020 del 19 de mayo) que instaban a recabar un certificado del médico para evitar esta engorrosa, aunque necesaria, medida. Planteando la posibilidad de excepción sin a) …// algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla y  b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización…//..
La publicación del RD dio lugar a que lo previene en dicho post, un aumento de consultas telefónicas al respecto solicitando un certificado ad hoc y la correspondiente discusión con el paciente intentando convencerle de que justamente su dolencia  aumentaba el riesgo de contagio y de una evolución peor de la infección que es justamente lo que la mascarilla intentaba prevenir. 
En nuestro caso (I Balears) la obligatoriedad desde la semana pasada de llevar las mascarillas en la vía pública incrementó la ya de por si alta demanda sobre los certificados para exonerarse de esta obligación, lo que ha obligado a la Administración Sanitaria Balear a crear  una autodeclaración responsable (la sexta CCAA que lo practica,  detrás de Asturias, Navarra, Cantabria, Castilla la Mancha y Andalucía) del paciente que no presenta ninguna de las enfermedades que en dicho documentos se relatan.
Esta iniciativa ha generado desde los aplausos más entusiastas (en mi caso)  a la más enconada manifestación de desacuerdo por algunos compañeros.
Esta iniciativa, en nuestro país, es algo insólito, rompe con una tradición secular por la que la administración (el Estado) desconfía de los ciudadanos, y que siempre en forma del más puro paternalismo deben estar tutelados por una norma legislativa (tenemos una legislación profusa y sobre cualquier cosa) y refrendados por alguien de la administración (su palabra no vale) en este caso el médico. El médico justifica si el niño no va al cole, como si el paciente un día se levanta con dolor de cabeza y llega tarde o pierde un día de trabajo, aún no precisando baja laboral, …la manifestación del ciudadano, de los padres o del trabajador, no sirve…
En los países de raigambre liberal, el Estado es garante de la libertad de elección de sus ciudadanos, de ahí la importancia  que tiene el Estado evitando legislaciones y controles innecesarios e incrementando el valor de la autodeclaración voluntaria y la fuerza de la ley (su cumplimiento) en el caso que se quebrante. La responsabilidad pasa al ciudadano.
Por tanto, en mi opinión, son dos aspectos que han mejorado, se ha descongestionado la AP y se han mejorado las libertades personales.
Mi enhorabuena.


Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso  obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/20/pdfs/BOE-A-2020-5142.pdf


2 comentarios:

  1. No conozco motivos de salud para no llevar mascarilla. SEPAR tampoco. Y si fuera el caso, ese paciente debería permanecer en su casa...sin mascarilla, claro está.
    Así se protege el paciente de los demás ...y no perjudica a otros.
    La excepción al caso es tan excepcional que pudiera merecer un informe médico.
    La autodeclaración jurada puede permitir que irresponsables y egoístas pueblen las calles, se infecten o/y propaguen el virus. No sé qué es peor.

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  2. Ciertamente dejar al libre albedrio decisiones en salut pública que nos afectan a todos es un riesgo. Pero ese es el riesgo de la libertad personal que tan poco gustan en este país.
    La realidad es que supongo que la norma cambió pues a esta alturas no se observan excepciones en esta imposición institucional, cuando en otros países la aplicación solo se circunscribe a lo científicamente demostrado, lugares cerrados, transportes públicos...
    Gracias por tu comentario

    mateu

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