jueves, 21 de mayo de 2020

El uso obligatorio de mascarillas



**El uso obligatorio de mascarillas
Ayer salió publicada una orden del día 19 por el que se regula el uso obligatorio de las mascarillas en esta situación de crisis sanitaria. El hecho mediático me pasó desapercibido pues veo poco la televisión, y menos los informativos, y mi repaso diario de la  prensa no se percató de este cambio pues lo pues en el capítulo “de más de lo mismo” sin prestarle más atención.
Sin embargo, un día después los pacientes se han encargado de recordárnoslo. Tanto es así que rápidamente he tenido que ir al decreto de marras y leérmelo. Y es que el asunto según perciben mis pacientes va de que llevar la mascarilla en la calle es obligatorio pero si tienes una enfermedad puedes ir al médico que te haga un certificado y así evitas estas molestias.

En concreto la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo dice: 
..//..Así, mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años…//..
…//…Artículo 2. Sujetos obligados.
1. Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados en el
artículo 3 las personas de seis años en adelante.
2. La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes
supuestos:
a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse
agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de
salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia
presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización…//..
Y es que la lectura torticera que hacen muchos de nuestros pacientes es que el médico puede evitarles esta obligación, pues tener una enfermedad, justamente de las que tienen más sensibilidad a contagiarse del virus y que su evolución sea más grave, puede darles la ventaja de evitar este engorroso artilugio.
Vivir parar ver. Aquellos a los que justamente se pretende proteger del virus son los mismos que utilizan esta anómala situación para evitar la medida. A Dios gracias que no es general


Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso  obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.



Sobre el papel de los expertos en esta crisis escribí un artículo en el Diari Menorca, que
se encuentra en:
Seguí Díaz M. Los expertos y la COVID-19.  Es Diari MENORCA. 20-05-2020: 25  https://www.menorca.info/


No hay comentarios:

Publicar un comentario

ADA 2024; La tecnología no reduce las hipoglucemias en el paciente con diabetes tipo 1

  ADA 2024 La tecnología no reduce las hipoglucemias en el paciente con  diabetes tipo 1 Este blog inicialmente diabetológico ha ido cambian...