jueves, 8 de octubre de 2020

El médico de Atención Primaria como secretario del especialista


 El médico de Atención Primaria como secretario del especialista

Una de las situaciones que más enervan a los médicos del primer nivel es el hecho de ser utilizados por otros profesionales especialistas para que hagan o repitan acriticamente aquello que ordenan.  

El paciente recibe la información por parte del especialista de que su médico de cabecera le repetirá tal medicación, le hará tal prueba o le interpretará tal análisis que aquel ha solicitado. En realidad, esta situación la lleva el paciente tan interiorizada que le sorprende que el médico del primer nivel (AP) le comente con buenas palabras que este no está obligado a hacer lo que el especialista ordena, que no es su secretario personal. 

Por regla general, el paciente lo entiende pero el médico, acaba haciendo lo que el especialista ha solicitado, para evitar inconvenientes a aquel, tipo desplazamientos, recitas... En ciertas ocasiones, sin embargo, se establece una acalorada discusión sobre los supuestos derechos que el paciente tiene sobre el médico de AP, de que este al ser un trabajador público se encuentra a su disposición…, y de que por ello debe dar curso a todas aquellos requerimientos de los especialistas ordenan (sean públicos o privados) y que por medio del paciente les hace llegar.  

Esto nos ocurre en recetas electrónicas que el especialista, dice no puede hacer (¿?); análisis que solicitan para que el médico del primer nivel interprete, volantes de traslados en ambulancia, y sobre todo recetas con medicación de dudosa eficacia, o contraproducentes para el paciente, o aquellas en las se sabe que a ciencia cierta que el médico del primer nivel mostrará su disconformidad y que vienen por tanto con el mensaje   ¡y sobre todo que no se lo cambien!.

Es difícil hacerle ver al paciente que el médico de AP es un profesional independiente, que no esta al servicio de los médicos especialistas (aunque la administración tácitamente con su silencio al que nos tiene acostumbrados lo apruebe)  y cada acto sanitario que realiza es de su exclusiva responsabilidad; de tal modo que lo que hace el especialista es trasferir su responsabilidad como médico a otro profesional, que puede o no estar de acuerdo con éste.

Todo ello no quita que el  médico de AP sea el agente del paciente, que tenga una visión más amplia, global, que haga un abordaje integral e integrado del mismo al tener información del marco psico/socio/laboral y familiar en el que se encuentra;  y que fruto de un proceso de continuidad asistencial sea parte de un engranaje dentro del proceso de salud del paciente que hace que un mismo proceso sea llevado por varios profesionales sanitarios. Sin embargo, las decisiones que un profesional toma son de su exclusiva competencia y no tienen por que ser asumidas por otros profesionales si aquellos no está de acuerdo.



Mi posición en este sentido es aristotélica, y me mantengo en una actitud expectante, analizando la situación, prescribiendo o realizando aquello que creo es razonable aún proveniente de fuera del sector público, aún entrando en agrias discusiones estériles. Actualmente no sufro de estas situaciones pero si tiempos atrás. 

Seguí Díaz M. Del médico de familia público a la medicina privada. Diari Menorca. 09-10-2020. 27  http://menorca.info/



4 comentarios:

  1. Totalmente de acuerdo salvo por un detalle: son los OTROS especialistas.
    Mientras nosotros mismos no reivindiquemos (y el lenguaje tiene mucho que ver aquí) que SOMOS ESPECIALISTAS, seguirán considerándonos médicos de segunda. Y somos tan especialistas como el que más, somos médicos de PRIMERA, además de ser de Primaria.

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  2. Estimado Mateu:
    Comparto lo que dices al 100%. Tan solo (ahora que los madrileños estamos tan mala vistos) señalar lo que se consiguió en Madrid con el Módulo Único de Prescripción (receta electrónica) de uso obligado para todos los facultativos del servicio público de salud. Fue a propuesta de un Consejero muy curioso, pero su puesta en marcha ha conseguido que esos problemas de “secretariado” en la prescripción se minimicen y que tanto el paciente como el Médico de AP (tan especialista como el Hospitalario) tengan una actuación más lógica en un plazo inferior a un año. Vamos ahora a por lo mismo en IT (uno de los puntos de la huelga del pasado 28 de octubre).

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  3. Estamos de acuerdo Ana, la semántica tiene mucho que ver, y la MFyC es una especialidad igual que las otras y al mismo nivel; el ser “generalista” no significa sin formación, como se le achacaba antaño.
    Sin embargo, a los efectos prácticos somos especialistas de la “generalidad” de la patología que acude a la AP, y en este sentido prefiero hablar de “generalistas” frente a aquellos que solo se ciñen a un área concreta.

    Gracias por tu comentario

    Mateu Seguí Díaz

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  4. Cierto Francisco Jose, la receta electrónica compartida entre niveles (en nuestra comunidad de les Illes Balears) también existe, del mismo modo que la obligatoriedad de iniciar la IT si el paciente se encuentra hospitalizado; sin embargo el rol de secretaría existe desde el momento que se ordena la prescripción o el seguimiento en situación de IT por el solo hecho de haberse iniciado por el especialista. En nuestro caso la situación de “crónico” la inicia el especialista y la ratifica el MF/MG. En este sentido conviene ser cautos con lo que se renueva.
    Los condroprotectores, opiáceos…que renovamos mansamente.

    Con todo, el tema no viene por ahí, viene por volantes de ambulancias, analíticas y pruebas realizadas en el nivel especializado con obligación de ser evaluadas en el primer nivel, con la consecuente cascada diagnóstica, y recetas que el especialista envía al MF/MG para que este las introduzca en el sistema o recetas que no entran en la financiación de la SS…
    (no se de donde se sacas que “estais mal vistos”)
    Gracias por tu comentario

    Mateu Seguí Díaz

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