El especialista tutorizado
Los que somos tutores de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria (MFyC) desde hace muchos años, sabemos lo que es tutorizar.
Tutorizar bajo mi punto de vista, sería impartir conocimientos, habilidades; y desde nuestra forma de trabajar y al modo de modelo a imitar, actitudes sobre lo que debería ser la buena praxis en esta especialidad. Sin embargo, la otra acepción, la de fiscalizar el comportamiento del médico residente en su labor diaria, también es de nuestro cometido, habida cuenta que con ello podemos ser conscientes de cómo se comportan en determinadas situaciones, darle nuestro consejo, que aprenda de sus errores y aciertos y con ello crecer como médico especialista en MFyC.
Cuando el residente acaba su período de formación entendemos que ya está capacitado para atender a los pacientes en diversas situaciones; sean en la consulta médica de Atención Primaria (AP) de adultos y de niños, como en los diversos servicios de urgencias.
Sin embargo, el tema de este post no es este, aunque entronca de alguna manera con el.
El problema surge cuando el médico de familia ya formado siente en su nuca el soplo de la desconfianza de la Administración Sanitaria (AS) en forma de fiscalización de su actividad, algo que no ocurre en otros especialistas.
La fiscalización a la hora de prescribir determinados medicamentos, de solicitar ciertas pruebas que solo pueden hacerse, según ésta, con el beneplácito del los especialistas, o de acceder a ciertos servicios.
Esta desconfianza a primera vista pudiera considerarse como un desprecio a nuestra especialidad, al minusvalorarnos en nuestra competencia profesional; al decirnos con esta actitud que no estamos capacitados, no tenemos un criterio clínico suficiente para utilizar ciertos fármacos o para solicitar ciertas pruebas o acceder a algunos servicios.
Esta desconfianza, pues no es más que eso, no está justificada pues se ha demostrado que cuando al final se nos ha permitido utilizar estos fármacos fiscalizados o prohibidos o pruebas inaccesibles anteriormente, el uso que se hace mes mejor, más acorde a criterios clínicos y de eficiencia que los mismos especialistas, que en muchos casos –mi experiencia personal- sin una tomografía axial computarizada –TAC- o una resonancia magnética –RMN- no saben ni como iniciar el acto clínico. Y que dicho sea de paso, es frecuente como resultado de esta fiscalización que el paciente sea remitido a estos servicios sin dicha prueba al estar vetada para el médico de MFyC, aumentando la demora diagnóstica y la ineficiencia del sistema; algo que al final repercute en la salud de paciente.
Si bien es cierto que en el tema de los medicamentos, el tema más clásico, y básicamente por inspección de farmacia, tiene un trasfondo económico (especialidades recientemente comercializadas y más caras) a corto plazo, tendría su explicación en cuanto a la ineficiencia de recetar medicamentos con eficacias parecidas pero con coste inicial mucho mayor; aunque vuelvo a repetir que no se prescriben en general en nuestro nivel y con carácter general fármacos sin que el médico de primer nivel (MAP) tenga un conocimiento claro de las indicaciones y efectos secundarios del mismo (de ahí la inercia terapéutica en general superior en AP que en los especialistas, por aquello del "primun non nocere"). Con todo, como sabemos, los efectos económicos son matizables cuando se analizan coste globales debidos a la utilización del Sistema Sanitario por efectos secundarios que los fármacos clásico o generan o no previenen.
El tema de las pruebas diagnósticas, sin embargo, que es el que motiva este post, es una guerra con victorias esporádicas, que en mi caso lleva 40 años y que no acaba de finalizar, aunque lo conseguido hasta el momento no es baladí.
Pues hay que reconocer un lento pero progresivo aumento de confianza del AS en el MAP, que inicialmente no podía ni solicitar ni ECG ni radiografías de tórax (los años 80) a la actualidad en la que pocas pruebas le están vetadas. Un cambio de actitud de la AS que ha demostrado que los MAP hasta el momento no hacen ni han hecho un mal uso de éstos (al menos yo no conozco experiencias), por lo que esta desconfianza estaba inicialmente injustificada.
Con todo, al menos en nuestra área, existen pruebas de imagen como las RMN y las TAC (salvo craneal) que nos siguen estando prohibidas.
Para solucionar esta anomalía, en nuestro caso, y como colmo de la ineficiencia, o esperpento en la fiscalización de la AS sobre el MF, ha sido la de crear una Unidades Hospitalarias que eufemísticamente de denominada “de Diagnóstico Rápido (DR)” que realicen aquellas pruebas, básicamente de imagen (TAC, RMN) a las que no puede acceder el médico del primer nivel, y que con ello se alcance un diagnóstico rápido ¿?. De permitirnos solicitarlas esta unidad no tendría ninguna razón de ser…
En fin, se sigue la máxima de cuantas más pegas pongas menos se demandarán.
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