sábado, 13 de febrero de 2021

¿Puede un trabajador –sanitario o no- negarse a vacunarse por la COVID-19?


 ¿Puede un trabajador –sanitario o no-  negarse a vacunar por la COVID-19?

Una de las razones por las que no he demorado mi vacunación contra la COVID-19, aunque inicialmente comuniqué mi preferencia por ser vacunado por vacunas con adenovirus recombinantes (ASTRA…), fue el hecho de poder tener problemas futuros a nivel laboral, de relación con mis compañeros, con los pacientes y con la empresa. Otro razonamiento, fue mi edad, supera los 60, que hace cuatriplicar el riesgo de ingreso con complicaciones, algo que no es baladí; sin embargo esta última consideración no primó sobre la primera.

La contestación en nuestro país la desconozco pues se encontraría en las disposiciones legales actuales, más que en las recomendaciones que pudiera hacer la empresa. 
En la nuestra, cuando acabé la carrera en los 80,  se recomendaba practicarse una prueba de mantoux regularmente para conocer si se había tenido contacto con la tuberculosis, y ya mucho más recientemente la de vacunarse contra la gripe, una recomendación que se sigue escasamente por el personal sanitario.
Y es que en otros ámbitos, como en la actualidad en el calendario infantil, supuestamente obligatorio, un niño que no esté vacunado, hasta donde yo se, no se le puede  impedir asistir a una escuela infantil, o ¿si?. 
Cuando en los 80 empecé a trabajar la obligatoriedad del cumplimiento del calendario era tal que había que hacer certificado médico al hoc para poder llevar un niño a la guardería. En la actualidad, aunque va modificandose, el concepto de discriminación supera al de la protección de la salud, con lo que esta norma se ha relajado. Sin embargo, delante el riesgo evidente, los criterios, como vemos actualmente cambian.
Y es que el Estado debe proteger las diferencias del individuo delante el riesgo de discriminación por causa de religión, género…pero no delante decisiones personales que pueden producir un riesgo a terceras personas, como es el caso. Ejemplo distinto son los hijos de padres de alguna religión que rechazan las trasfusiones, el trasplante…¿Pero pueden estos padres negarse a vacunarse o tomar alguna medicación preventiva por motivos religiosos?. 

¿Puede obligarnos la empresa, la administración a realizar tal o cual actividad con el fin de evitar trasmitir alguna enfermedad a nuestros pacientes?. Yo creo que sí. La realidad es que sea por miedo a la denuncia o por recomendación lo hacemos diariamente cuando nos lavamos las manos o aplicamos diversas técnicas de asepsia a la hora de practicar ciertos procedimientos. En esta epidemia hemos asistido a recomendaciones venidas desde arriba que veían con el apercibimiento de que de no hacerse se tomarían medidas disciplinares; aunque no sabemos hasta que punto dichas aseveraciones tenían un fundamento legal o eran simples amenazas sin sustancia.

 Sea como fuera, si pensamos que la utilización de la mascarilla en espacios abiertos se ha generalizado por “imperativo legal” no en muchos por convencimiento, ni por evidencias científicas en dichas situaciones; o que el confinamiento y la cuarentena se ha impuesto de la misma forma delante esta situación de riesgo de diseminación de la COVID-19, no es difícil pensar y con más razón que  la imposición y por tanto la obligatoriedad de estar en posesión de la vacuna anti COVID-19  pueda llegar a ser un requisito para trabajar en el sector sanitario.



No hay comentarios:

Publicar un comentario

ADA 2024; La tecnología no reduce las hipoglucemias en el paciente con diabetes tipo 1

  ADA 2024 La tecnología no reduce las hipoglucemias en el paciente con  diabetes tipo 1 Este blog inicialmente diabetológico ha ido cambian...